Las instalaciones de gases de uso doméstico en autocaravanas, campers y caravanas deben ser inspeccionadas por una empresa instaladora autorizada cada 4 años, según el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos en su instrucción técnica complementaria ICG-10 y norma UNE-EN 1949.
Todas las autocaravanas y campers con instalación de gas (ya sea por caldera, cocina a gas, nevera trivalente…), tienen que pasar una inspección obligatoria parecida a la inspección periódica similar al de las viviendas convencionales, la diferencia es que en vivienda o local, el responsable es el distribuidor de gas, por lo que sí se hace. En cambio, en vehículos de recreo, el responsable es el usuario y dicho certificado inspección no se pide en la Inspección Técnica de vehículos (ITV), aunque es posible que nos revisen los sistemas de conducción, tales como gomas.
Todas las autocaravanas y campers con instalación de gas (ya sea por caldera, cocina a gas, nevera trivalente…), tienen que pasar una inspección obligatoria parecida a la inspección periódica similar al de las viviendas convencionales, la diferencia es que en vivienda o local, el responsable es el distribuidor de gas, por lo que sí se hace. En cambio, en vehículos de recreo, el responsable es el usuario y dicho certificado inspección no se pide en la Inspección Técnica de vehículos (ITV), aunque es posible que nos revisen los sistemas de conducción, tales como gomas.
Accesorios del Sistema GLP
REQUISITOS
- La realización de unas Pruebas previas a la puesta en servicio de la instalación.
- Certificado de Instalación individual de gas en vehículos habitables de recreo emitido por una empresa instaladora acreditada.
- Certificado de Revisión Periódica de la instalación y aparatos alimentados desde envases de GLP en vehículos de recreo habitables cada 4 años desde el certificado inicial, emitido por una empresa instaladora acreditada.
BENEFICIOS
La inspección de instalaciones de gases licuados del petróleo GLP de uso doméstico en autocaravanas, campers y caravanas es fundamental para determinar la seguridad e idoneidad de las instalaciones y depósitos en este tipo de vehículos.
Pincha aquí para descargar el Real Decreto 919/2006
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